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lunes, 29 de agosto de 2016

Incentivos, Ayudas y Subvenciones Públicas. Un completo repositorio.



     Aprovechando la vuelta de las vacaciones y el ánimo de acometer nuevos proyectos económicos y de inversión que suele acompañarnos en estas fechas, aprovecho para dejar, a modo de repositorio, una visión general del amplio sistema de Incentivos, Ayudas y Subvenciones a las que se pueden acceder, bien desde el ámbito del emprendimiento o bien desde la empresa ya consolidada, sea esta del tamaño que sea, considerando su sector de actuación.


     He pretendido estructurar la información (sobre la que se puede acceder a una ampliación de la misma con sólo pinchar en cada epígrafe al activarse el cursor sobre el texto) de forma escalonada, de mayor a menor ámbito geográfico.

     Comenzando por las de la Unión Europea, muchas de las cuales se gestionan a través de organismos de ámbito nacional y/o autonómico; siguiendo por las de ámbito nacional, para finalizar por el autonómico (Andalucía, en este caso, que es el ámbito de actuación que mejor conozco).







SUBVENCIONES, CONTRATOS PÚBLICOS

Y FINANCIACIÓN PROCEDENTES
DE LA UNIÓN EUROPEA.


Contratos públicos, garantías, premios, créditos y subvenciones son las principales fuentes de financiación procedentes de la Unión Europea (UE) a las que pueden acceder las PYMES, ya sea de forma directa o a través de programas que se implementan en los distintos países de la eurozona.

De entre ellas, los créditos y las subvenciones son las que más interés suelen suscitan entre las empresas, si bien conviene estar al tanto de éstas como de otras oportunidades de financiación.

A este respecto, la UE ha publicado una práctica guía que reúne los actuales programas europeos para el periodo de financiación 2014-2020, incluyendo información sobre los procesos de solicitud. 

(Click para acceder a la guía)

En este ámbito de actuación, podríamos organizar y estructurar la información de la siguiente manera:(Click, al activarse el cursor, para ampliar información en cada apartado)



















INCENTIVOS, AYUDAS Y SUBVENCIONES DE LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL DEL ESTADO.
(Click, al activarse el cursor, para ampliar información en cada apartado)

Comenzaremos nuestra relación por el mayor y más completo Portal de Herramientas y Recursos en torno a los Incentivos, Ayudas y Subvenciones
para la PYME.

Se trata de la web de la 

Está básicamente estructurada en tres canales, que describimos a continuación, con sus vínculos de mayor interés.
















Permanentemente actualizada.





































INCENTIVOS, AYUDAS Y SUBVENCIONES GESTIONADOS POR 
LA JUNTA DE ANDALUCIA.


(Click, al activarse el cursor, para ampliar información en cada apartado)




Andalucía Emprende es una fundación adscrita a la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo (Economía y Conocimiento) de la 
Junta de Andalucía, que tiene como misión promover la iniciativa emprendedora y el desarrollo empresarial para contribuir a la dinamización de la 
economía regional.


El objetivo general es fomentar y apoyar la creación y la consolidación de empresas y empleo mediante la prestación de servicios de calidad.

Los servicios que prestan son gratuitos y van dirigidos tanto a personas emprendedoras que desean poner en marcha una iniciativa empresarial en Andalucía como a empresas ya constituidas que necesiten apoyo para su expansión, modernización y consolidación en el mercado.

Más información, en su 


La Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía IDEA es la agencia de desarrollo regional del Gobierno andaluz, además de un instrumento especializado fundamentalmente en el fomento de la innovación en la sociedad andaluza.

Para ello, realizan un gran esfuerzo en la labor de apoyo al empresariado andaluz: desde la gestión y concesión de incentivos a las empresas, a la gestión de proyectos y programas de la Consejería de Empleo, Empresa y Comercio, así como a la construcción de infraestructuras industriales y tecnológicas.

Principales áreas de actuación:

Financiación y Desarrollo Empresarial, que aglutina en una misma Unidad todas las ayudas y programas de financiación a las empresas.

Espacios de Innovación y Sectores Estratégicos orientada a la dotación de infraestructuras y espacios productivos así como a la dinamización de estos espacios vinculándolos con los sectores/cluster en Andalucía.

Captación de Inversiones y Servicios Avanzados, que será la encargada de diseñar y prestar los servicios que la Agencia pone a disposición de emprendedores y empresarios, con especial atención al servicio integral de captación de inversiones en Andalucía.








Extenda te ofrece un amplio abanico de programas y servicios con el objetivo de incrementar el número de empresas andaluzas en proceso de internacionalización, mejorar el posicionamiento internacional de las empresas andaluzas que ya son activas en dicho proceso y aumentar la inversión andaluza en el exterior.




















jueves, 9 de junio de 2016

Concesión de apoyo financiero a proyectos de I+D+i en el ámbito de la industria conectada 4.0.



El pasado miércoles 8 de Junio se publicó en el B.O.E núm. 138. la Orden IET/895/2016, de 2 de junio, del Ministerio de Industria, Energía y Turismo,  por la que se establecen las bases para la concesión de apoyo financiero a proyectos de I+D+i en el ámbito de la industria conectada 4.0.


Introducción


La denominada cuarta revolución industrial, que se basa en un nuevo nivel de organización y control de toda la cadena de valor a través del ciclo de vida de los productos y producción de sistemas mediante la utilización de la tecnología y en la que el consumidor toma parte en el diseño del producto, requiere un cambio radical de modelo de negocio y en el funcionamiento de los procesos de las empresas industriales, que se ven enfrentadas a la necesidad de satisfacer la demanda de una sociedad más digitalizada, con los retos que eso conlleva.

La construcción de soluciones utilizando tecnologías tales como Internet de las Cosas (IoT), computación en la nube, big data, ciberseguridad, impresión 3D o robótica colaborativa son algunos de los elementos fundamentales para conseguir una industria más competitiva e innovadora, capaz de satisfacer las demandas de una sociedad altamente tecnológica.

Industria Conectada 4.0 es una actuación que se circunscribe en la Agenda para el Fortalecimiento del Sector Industrial en España aprobada por el Consejo de Ministros en su reunión del 11 de julio de 2014 y está alineada con la Agenda Digital para España aprobada por el Consejo de Ministros en su reunión del 15 de febrero de 2013.


Objeto

La concesión, en concurrencia competitiva, de préstamos para proyectos de investigación industrial y proyectos de desarrollo experimental, así como proyectos de innovación en materia de organización y procesos de pequeñas y medianas empresas, enmarcados en las Áreas Estratégicas de la Industria Conectada 4.0.


Ámbito temático

  • El ámbito temático de esta orden se circunscribe al desarrollo para su incorporación en las actividades realizadas por las empresas industriales de los habilitadores digitales incluidos en la Estrategia de la Industria Conectada 4.0, divididos en tres grandes áreas, como son: 
  • las aplicaciones de gestión intraempresa/interempresa
  • las comunicaciones y tratamiento de datos 
  • y la hibridación del mundo físico y el digital.
  • En particular, los referidos habilitadores digitales hacen referencia, fundamentalmente, a:
  1. Implementación de soluciones innovadoras de negocio utilizando tecnologías ligadas a: open/linked/big data y a  data analytics.
  2. Internet del futuro.
  3. Plataformas colaborativas.
  4. Implementación de soluciones innovadoras de comunicaciones y tratamiento de datos: conectividad, movilidad y computación en la nube.
  5. Implementación de soluciones innovadora en los procesos de fabricación utilizando tecnologías como realidad aumentada, robótica colaborativa, fabricación aditiva, sensores y sistemas embebidos y control de procesos.
  6. Desarrollo e implementación de aplicaciones y soluciones TIC,s. en la cadena de valor de la empresa industrial.
  7. Ciberseguridad y confianza digital.
  8. Redes sociales como vehículos de potencial desarrollo empresarial.




Beneficiarios

1. Podrán acogerse a las ayudas establecidas en esta orden las sociedades que no formen parte del sector público que desarrollen una actividad industrial productiva.

2. Se entenderá que el solicitante desarrolla una actividad industrial productiva si su objeto social se refiere a actividades encuadradas en la Sección C-Divisiones 10 a 32 de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE 2009) y ha desarrollado dichas actividades al menos durante un periodo de tres años.

Dentro de las citadas sociedades, se diferenciarán las pequeñas y medianas empresas que, a su vez, se definen y subdividen según se indica a continuación:

a) Pequeña y mediana empresa (PYME):Las sociedades que cumplan los siguientes requisitos:1. Que empleen a menos de 250 personas.2. Que su volumen de negocio anual no exceda de 50 millones de euros, o su balance general anual no exceda de 43 millones de euros.3.Que el cómputo de los efectivos y límites en el caso de empresas asociadas o vinculadas se efectúe como disponen los artículos 3 a 6 del anexo I del Reglamento de exención por categorías.

b) En la categoría PYME se define a una "pequeña empresa" como una empresa que ocupa a menos de 50 personas y cuyo volumen de negocio anual o cuyo balance general anual no supera los 10 millones de euros, computándose los límites de acuerdo con el anexo I del Reglamento de exención por categorías.

c) En la categoría PYME se define a una "microempresa" como una empresa que ocupa a menos de 10 personas y cuyo volumen de negocios anual o cuyo balance general anual no supera los 2 millones de euros, computándose los límites de acuerdo con el anexo I del Reglamento de exención por categorías.




Tipos de proyectos objeto de las ayudas

Podrán ser objeto de ayuda los proyectos de investigación industrial y los proyectos de desarrollo experimental, así como los proyectos de innovación en materia de organización de PYME y los proyectos de innovación en materia de procesos de PYME, según se definen a continuación:




a) Proyectos de investigación industrial.
Investigación planificada o estudios críticos cuyo objeto es la adquisición de nuevos conocimientos y técnicas que puedan resultar de utilidad para la creación de nuevos productos, procesos o servicios, o contribuir a mejorar considerablemente los productos, procesos o servicios existentes.
Incluye la creación de componentes de sistemas complejos que sean necesarios para investigación industrial, especialmente la validación de tecnología genérica, salvo los prototipos.

b) Proyectos de desarrollo experimental.
La adquisición, combinación, configuración y empleo de conocimientos y técnicas ya existentes, de índole científica, tecnológica, empresarial o de otro tipo, con vistas a la elaboración de planes y estructuras o diseños de productos, procesos o servicios nuevos, modificados o mejorados. Podrá incluir, por ejemplo, otras actividades de definición conceptual, planificación y documentación de nuevos productos, procesos y servicios.


Entre las actividades podrá figurar la elaboración de proyectos, diseños, planes y demás tipos de documentación siempre y cuando no vaya destinada a usos comerciales.

El desarrollo de prototipos y proyectos piloto que puedan destinarse a usos comerciales también estará incluido si el prototipo es necesariamente el producto comercial final y resulta demasiado costoso producirlo para utilizarlo solamente a efectos de demostración y validación.
En caso de posterior uso comercial de proyectos de demostración o proyectos piloto, todo ingreso derivado de tal uso deberá deducirse de los costes financiables.

Son también financiables la producción y ensayo experimentales de productos, procesos y servicios, siempre y cuando no puedan utilizarse o transformarse para su uso en aplicaciones industriales o para fines comerciales.

El desarrollo experimental no incluye las modificaciones habituales o periódicas efectuadas en productos, líneas de producción, procesos de fabricación, servicios existentes y otras operaciones en curso, aun cuando dichas modificaciones puedan representar mejoras de los mismos.

c) Proyectos de innovación en materia de organización de PYME.


La aplicación de un nuevo método organizativo a las prácticas comerciales, la organización del centro de trabajo o las relaciones exteriores en una PYME; no se incluyen los cambios basados en métodos organizativos ya empleados en la empresa, los cambios en la estrategia de gestión, las fusiones y adquisiciones, el abandono de un proceso, la mera sustitución o ampliación de capital, los cambios exclusivamente derivados de variaciones del precio de los factores, la producción personalizada, la adaptación a los usos locales, los cambios periódicos de carácter estacional u otros cambios cíclicos y el comercio de productos nuevos o significativamente mejorados.

d) Proyectos de innovación en materia de procesos de PYME.

La aplicación de un método de producción o suministro nuevo o significativamente mejorado (incluidos cambios significativos en cuanto a técnicas, equipos o programas informáticos) en una PYME; no se incluyen los cambios o mejoras de importancia menor, los aumentos de las capacidades de producción o servicio mediante la introducción de sistemas de fabricación o logística muy similares a los ya utilizados, el abandono de un proceso, la mera sustitución o ampliación de capital, los cambios exclusivamente derivados de variaciones del precio de los factores, la producción personalizada, la adaptación a los usos locales, los cambios periódicos de carácter estacional u otros cambios cíclicos y el comercio de productos nuevos o significativamente mejorados.


Para una completa y más amplia información, podéis acceder al texto íntegro de la Orden.



Para saber más:
(Fuentes utilizadas/ Reconocimiento de Autorías/ Créditos y Agradecimientos)

Ministerio de Industria, Energía y Turismo

Ayudas y Subvenciones

Transformación Digital

Boletín Oficial del Estado

Confederación de Empresarios de Cádiz 






Sobre mi/About me







sábado, 12 de marzo de 2016

Convocatoria 2016 de Apoyo Financiero a la Reindustrialización y el Fortalecimiento de la Competitividad Industrial.

CONVOCATORIA 2016 DE APOYO FINANCIERO A LA REINDUSTRIALIZACIÓN Y FORTALECIMIENTO DE LA COMPETITIVIDAD INDUSTRIAL.


A través de la Orden de 4 de marzo de 2016, el Ministerio de Industria, Energía y Turismo efectúa la convocatoria 2016 de concesión de apoyo financiero a la inversión industrial en el marco de la política pública de reindustrialización y fortalecimiento de la competitividad industrial (BOE núm. 56; 9 de marzo)
  
Beneficiarios

Podrán acogerse a la financiación establecida en esta orden las Sociedades válidamente constituidas que no formen parte del sector público, y desarrollen o vayan a desarrollar una actividad industrial productiva encuadrada en la Sección C-Divisiones 10 a 32 de la CNAE 2009 (Industria Manufacturera).

Tipo de actuaciones financiables.

 Se financiarán las inversiones industriales que se enmarquen en alguna de las siguientes tipologías:
  • Creación de establecimientos industriales: inicio de una nueva actividad de producción en cualquier punto del territorio nacional.
  • Traslado: cambio de localización de una actividad de producción previa hacia cualquier punto del territorio nacional.
  • Ampliaciones de la capacidad de producción instalada en centros de producción existentes, a través de la implantación de nuevas líneas de producción. A efectos de clasificación del proyecto, se entenderá por implantación de una nueva línea de producción a la adquisición del conjunto de equipos que permiten fabricar de forma autónoma un producto. Quedan fuera de esta definición las actuaciones sobre una línea existente, como pueden ser las sustituciones de maquinaria y elementos auxiliares de producción, las adaptaciones o mejoras de éstas.
  • Mejoras y/o modificaciones de líneas de producción  previamente existentes.
Conceptos de gastos financiables.

a) Obra civil: Inversiones materiales en urbanización y canalizaciones, con exclusión expresa de terrenos.
b) Edificación: Inversiones materiales para la adquisición, construcción, ampliación o adecuación de naves industriales, así como de sus instalaciones y equipos no vinculados directamente al proceso productivo.
c) Adquisición de aparatos y equipos materiales directamente vinculados a la producción, excluidos los elementos de transporte exterior.

La suma de los conceptos de obra civil y edificación no podrá superar el 70 por ciento del presupuesto financiable total.

Para proyectos de traslado, ampliación, mejoras y/o modificaciones, también serán financiables gastos de Ingeniería de proceso de producción: gastos de personal propio, materiales necesarios, y colaboraciones externas necesarias para el diseño y/o rediseño de procesos.

El gasto imputado en la partida de ingeniería de proceso de producción no podrá superar el 30 por ciento del presupuesto de adquisición de aparatos y equipos de producción.

Presupuesto mínimo de inversiones financiables

El presupuesto financiable mínimo de las inversiones será de 75.000 euros.

Sólo se considerarán gastos financiables los imputables a los proyectos de inversión que se produzcan a partir del 1 de enero de 2016.

Características de financiación.

Los apoyos financieros convocados mediante esta orden tendrán la forma de préstamos con intereses.

El importe de la financiación a conceder para todos los tipos de inversión será del 75 por ciento sobre el presupuesto financiable.

Las características de los préstamos serán las siguientes:

a) Importe del préstamo: El que resulte de la aplicación de los porcentajes y límites establecidos.
b) Plazo de amortización: Diez años, con un plazo de carencia de tres años.
c) Tipo de interés de aplicación: El tipo de interés se determinará en función de la clasificación obtenida por el beneficiario.


 

CLASIFICACIÓNTIPO DE INTERÉS
EXCELENTE1,705
BUENA1,705-2,29
SATISFACTORIA1,705-4,09


 

Garantías

Se exigirá en el momento de la solicitud, la presentación de resguardo de constitución de garantía ante la Caja General de Depósitos, por importe del 10 por ciento del préstamo solicitado.

Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación comenzará el día 18 de abril hasta el 1 de junio de 2016, ambos incluidos.

Podéis consultar aquí la publicación en el BOE. 

Formulario de solicitud de financiación y cuestionario electrónico:


Espero que os haya sido de utilidad. 

Podéis compartirlo para que llegue al mayor número de empresas necesitadas de este tipo de ayudas.